Fútbol: Conmebol suspende a cinco futbolistas de la selección de Uruguay e impone multa a la AUF
ASUNCIÓN, 28 ago (Xinhua) — La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), con sede en la ciudad paraguaya de Luque, comunicó este miércoles la decisión de la comisión disciplinaria con relación a los incidentes ocurridos entre algunos futbolistas y dirigentes de la selección de Uruguay con un grupo de aficionados colombianos, tras finalizar el partido de semifinales entre ambos países en la pasada Copa América Estados Unidos 2024. Según el documento divulgado hoy, la Conmebol resolvió suspender al jugador del seleccionado mayor de fútbol de Uruguay Darwin Gabriel Núñez Ribeiro por cinco partidos e imponerle una multa de 20.000 dólares estadounidenses. De igual forma, se dicta suspensión al jugador Rodrigo Bentancur Colmán por cuatro partidos y se le impone una multa de 16.000 dólares estadounidenses. Por su parte, los futbolistas Mathías Olivera Miramontes, Ronald Federico Araujo Da Silva y José María Giménez de Vargas recibieron una sanción de tres partidos y una multa de 12.000 dólares cada uno. De esta forma, los atletas mencionados en principio no podrán disputar con su selección los partidos correspondientes a las fechas 7 y 8 de las Eliminatorias Sudamericanas, a disputarse en el mes de septiembre, contra Paraguay y Venezuela, respectivamente. A su vez, los jugadores Sebastián Enzo Cáceres Ramos, Matías Nicolás Viña Susperreguy, Emiliano Martínez Toranza, Paul Brian Rodríguez Bravo, Santiago Andrés Mele Castañero y Facundo Pellistri Rebollo, fueron sancionados con una multa económica de 5.000 dólares cada uno. Por otra parte, la Conmebol resolvió imponer a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) una multa de 20.000 dólares, monto que será debitado automáticamente del importe a recibir por la Asociación en concepto de derechos de televisación, participación y premios. Asimismo, sanciona al directivo Marcelo García con la prohibición de ingresar a estadios en competiciones organizadas por la Conmebol por un periodo de seis meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Fin