Perú declara en emergencia el Sistema Penitenciario por “sobrepoblación” en cárceles

LIMA, 26 nov (Xinhua) — El Gobierno peruano declaró en emergencia por Decreto Supremo el Sistema Penitenciario y el Instituto Penitenciario del Perú, ante la “sobrepoblación” que presentan las diferentes cárceles del país sudamericano, publicó hoy martes el Diario Oficial “El Peruano”. “Se declara en emergencia el Sistema Nacional Penitenciario y el Instituto Nacional Penitenciario por razones de déficit de capacidad de albergue y para optimizar la prestación de servicios para la resocialización de las personas privadas de libertad, por el periodo de veinticuatro (24) meses”, señala el Decreto Supremo. Agrega que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá aprobar, en un plazo no mayor a 45 días hábiles contados a partir de la vigencia del presente decreto, la Estrategia Sectorial de Emergencia Penitenciaria mediante una Resolución Ministerial. Este decreto ayudará a “garantizar la implementación de la Política Nacional Penitenciaria al 2030, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 011-2020-JUS, en favor de la resocialización de las personas privadas de libertad”. El documento explica que el Gobierno tomó la decisión de emergencia, al considerar que el Sistema Penitenciario “viene atravesando una aguda crisis, en las últimas décadas, debido principalmente a la sobrepoblación de los internos en los establecimientos penitenciarios”. Agrega que estos espacios “han sido rebasados en su capacidad de albergue” y presentan carencia de medios necesarios como recursos humanos, logísticos, presupuesto y servicios penitenciarios para el tratamiento, salud y seguridad penitenciaria, lo cual dificulta el proceso de resocialización del interno. A agosto de 2024, el Sistema Penitenciario albergaba en las 69 prisiones del país a 98.127 personas privadas de libertad, a pesar de tener una capacidad para 41.556, lo que genera una sobrepoblación de 136 por ciento. “Al 2023, solo el 50,2 por ciento de la población privada de libertad se encontraba en establecimientos con condiciones adecuadas de infraestructura y servicios”, acota el documento. Se ha considerado también una sentencia del Tribunal Constitucional que declara un “estado de cosas inconstitucional respecto del permanente y crítico hacinamiento de los establecimientos penitenciarios y las severas deficiencias en su capacidad de albergue, calidad de infraestructura e instalaciones sanitarias”. En la misma, se ha exhortado al Ministerio de Justicia a evaluar la necesidad de ampliar, modificar o replantear sustancialmente las medidas que resulten necesarias e indispensables para superar de forma progresiva el estado inconstitucional de cosas declarado. Fin

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