BUENOS AIRES, 9 abr (Xinhua) — El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció este jueves un conjunto de medidas que flexibilizan las restricciones cambiarias vigentes para personas y empresas, y que alcanzan a individuos que exportan bienes y servicios, inversores no residentes, viajeros en el exterior, entre otras disposiciones. A través de la Comunicación “A” 8417, la entidad monetaria dispuso la eliminación del límite de 50 dólares que existía para los retiros de efectivo o adelantos con tarjeta de crédito a los viajeros argentinos en el exterior, una medida que se mantenía pese a la eliminación del “cepo” cambiario en abril del 2025. El BCRA además derogó la obligación de liquidación de divisas procedente de la venta de bienes por parte de personas humanas, un esquema que ya aplicaba para los individuos que exportaban determinados servicios. Además, la nueva disposición establece que esta excepción alcanzará ahora a todos los tipos de servicios que exporten los individuos. En relación con las empresas, la entidad extendió el plazo para el ingreso y la liquidación de divisas provenientes de las exportaciones de determinados bienes en aras de “permitir cuadrar plazos de ingreso y liquidación con los tiempos del negocio”. De esta forma, los plazos de liquidación de exportaciones de empresas con casa matriz en Argentina a sus filiales en el exterior se extienden a 180 días, desde los 60 días previos, considerando que estos despachos no hayan excedido los 200 millones de dólares anuales durante el año pasado. Para las exportaciones de bienes como marroquinería, indumentaria, calzado y otros artículos dentro de este segmento, así como de reactores nucleares, el plazo se extiende a 365 días, desde los 180 días previos, según la comunicación. Por otra parte, el BCRA introdujo medidas más flexibles que habilitan el pago anticipado de Obligaciones Negociables (título de deuda corporativa) emitidas en el mercado local y de deudas comerciales hasta tres días antes de su vencimiento. Las compañías que mantienen obligaciones financieras con acreedores externos vinculados, como sus propias casas matrices o fondos relacionados, podrán acceder al mercado cambiario para cancelar capital sin requerir autorización previa del Banco Central, siempre que cumplan con ciertas condiciones. Entre estas se encuentra que deberán ingresar simultáneamente nuevos fondos desde el exterior con un plazo promedio mínimo de cuatro años y un período de gracia de tres años, o bien realizar una refinanciación de deuda vencida bajo esas mismas características, siempre que haya sido originada a partir del 10 de abril de 2026. Fin












